MAS IRREGULARIDADES EN PASTA DE CONCHOS
Gerardo nos envía más información acerca de Pasta de Conchos:
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MÁS IRREGULARIDADES EN PASTA DE CONCHOS
México D.F., a 5 abril de 2007
A las 11 horas del día de ayer, el Dr. Enrique Valverde Durán, médico de la empresa Industrial Minera México, en compañía del vocero de la misma Oscar Kaffman informó a un grupo de aproximadamente 40 familias de los mineros fallecidos en la Mina 8, Pasta de Conchos que los trabajos de rescate de los cuerpos se detendrían por tiempo indefinido, hasta que hubiera una orden en contrario de las autoridades competentes. El peritaje en que se funda la decisión de detener los trabajos de rescate fue realizada por Daniel G. Wooton, perito contratado por la empresa, quien durante los días 26, 27 y 28 de marzo de 2007, realizó un estudio en el que señala la existencia de contaminación bacteriológica que supuestamente pone en peligro la vida de los brigadistas e inclusive de toda la población, debido a la supuesta contaminación del agua que se encuentra almacenada al interior de la mina. Asimismo señala que es muy alta la posibilidad de nuevos accidentes por la aparente inestabilidad de algunas trabes que sostienen el techo de las galerías y por la alta concentración de metano, por lo que la posibilidad de recuperar los cuerpos es muy remota.
La pretensión de suspender los trabajos por parte de la empresa a todas luces es ilegal, ya que ésta decisión fue elaborada de manera unilateral por parte de Industrial Minera México (IMMSA), sin que exista ninguna resolución emitida por las Secretarías Salud, Medio Ambiente y Recursos Naturales o en su caso las Secretarías de Economía y Trabajo que serían las competentes para determinar si existe en realidad el supuesto riesgo, a través de un dictamen elaborado por peritos independientes que se coteje con el ya elaborado por el perito contratado por IMMSA.
En todo caso, si existiera el supuesto riesgo la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, es muy clara al señalar que es facultad de la SEMARNAT, la clausura temporal, parcial o total de las fuentes contaminantes, cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, de la misma manera la Ley General de Salud señala que la autoridad sanitaria podrá determinar medidas de seguridad para proteger la salud de la población, siendo competentes para ordenar o ejecutar estas medidas la Secretaría de Salud o los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias.
En este caso, IMMSA no está siguiendo los procedimientos legales existentes para determinar si existe riesgo a la salud, incurriendo en violaciones graves a la legislación nacional, además de que con ello entorpece las investigaciones penales que se están llevando a cabo.
En este sentido, de acuerdo al Código de Procedimientos Penales de Coahuila, la Mina 8 Pasta de Conchos debería encontrarse asegurada por las autoridades penales, ya que de acuerdo al artículo 225 del mismo ordenamiento, el Ministerio Público debe asegurar los instrumentos y objetos del delito; así como todas aquellas evidencias en las que exista huella del mismo o pudieran tener relación con el delito. Además, no levantará el aseguramiento cuando ello sea indispensable para proteger la prueba del delito.
Como se observa, esta decisión contradice las afirmaciones hechas por representantes de la misma empresa el pasado mes de enero, cuando señalaban que IMMSA estaba consciente de la urgencia por llegar a conclusiones sobre las causas del accidente y poder deslindar responsabilidades. Reafirmaba entonces su interés por conocer el origen del accidente donde murieron los 65 mineros y reiteraba que la mina Pasta de Conchos permanecería abierta para el exclusivo propósito del rescate de los cuerpos, quedando a disposición de las autoridades.
Si las autoridades Federales respaldan esta decisión será evidente el nivel de solapamiento y corrupción que rodea la investigación del accidente ocurrido en Pasta de Conchos. Además de que se estarían incumpliendo los compromisos adquiridos por el Secretario del Trabajo Javier Lozano Alarcón entre los que se encuentran las labores de rescate de los 63 cuerpos aún atrapados en la mina; la dictaminación de las causas que originaron la explosión en el referido centro de trabajo; así como el fincamiento de las responsabilidades administrativas, laborales y penales que pudieren derivar para las empresas involucradas, sus empleados o funcionarios, o para los servidores públicos de la propia STPS.
Es evidente que la empresa pretende cerrar la mina para evitar que todas las evidencias en su contra aparezcan y de esta manera deshacerse de las responsabilidades que tiene con las familias de los mineros, por ello las organizaciones firmantes exigimos a las autoridades competentes su intervención inmediata para que se continúe con la investigación de las causas que originaron el accidente en Pasta de Conchos, así como el rescate de los 63 cuerpos que aún se encuentran sepultados.
Organizaciones Firmantes:
Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL) D.F y Guadalajara
Red Oasis
Espacio DESC
Red de Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos, Todos los Derechos para Todas y Todos.
Raúl Vera, Obispo de la Diócesis de Saltillo
Equipo Nacional de Pastoral Laboral
Lic. Manuel Fuentes, asesor jurídico de las familias de los mineros fallecidos
Centro de Apoyo al Trabajador de Puebla
Tequio Jurídico
Pastoral Obrera de Ciudad Juárez
Etiquetas: espurio, pasta de Conchos
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